E-mail:
Contraseña:
Adank Consultores Español
Adank Consultores Portuguese
Adank Consultores English
Eficiencia energética

La Resolución 319/99 establece que es función del Estado Nacional propender a la utilización eficiente de la energía y de los recursos naturales. Que la utilización racional de la energía es uno de los medios principales para cumplir este objetivo y reducir la contaminación del medio ambiente.

Resolución 319/99:
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/55000-59999/57667/norma.htm

 

 

Licencias de importación para equipos (Aires acondicionados)

1. REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN REGISTRO DE IMPORTADORES DE EQUIPOS CORRESPONDIENTES A LA RESOLUCIÓN SAyDS N° 1640/2012 

1.1 PERSONAS FISICAS:

Formulario de Inscripción impreso (el mismo se encuentra en el sitio web http://sao.ambiente.gov.ar  “inicio de trámite”).

Copia de las primeras dos hojas del DNI (en copia certificada por escribano público).

Constancia de inscripción en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Constancia de inscripción como Importador ante la Dirección General de Aduanas. 

1.2 PERSONAS JURIDICAS:

Formulario de Inscripción impreso (el mismo se encuentra en el sitio http://sao.ambiente.gov.ar   “inicio de trámite”).

El firmante deberá acreditar la representación que invoca por la sociedad, adjuntando Poder o Acta de Designación (en copia certificada por escribano público).

Para las sociedades constituidas en el territorio nacional: copia autenticada del acto de constitución y modificaciones posteriores si las hubiere, con constancia de su inscripción en el Registro Público de Comercio correspondiente (en copia certificada por escribano público).

Las sociedades constituidas en el extranjero acreditarán su inscripción en la República conforme a los artículos 118 ó 123 de la Ley Nº 19.550 (t.o. 1994), según corresponda. (en copia certificada por escribano público).

Constancia de inscripción en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Constancia de inscripción como Importador ante la Dirección General de Aduanas. 

2. REQUISITOS LICENCIAS DE IMPORTACIÓN:

Estar debidamente inscripto en el REGISTRO DE IMPORTADORES DE EQUIPOS correspondientes a la Resolución SAyDS N° 1640/2012.

Completar el Formulario de Solicitud de Licencia correspondiente a la operación, al que se accede por intermedio de la página web de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE: http://sao.ambiente.gov.ar 

Presentar ante la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, Oficina Programa Ozono, 25 de mayo 306 piso 6°, previo a retirar la licencia correspondiente, formulario impreso de la solicitud de licencia, copia de la factura que ampare la operación, certificado de seguridad eléctrica de producto importado establecida por la Resolución N° 92/98 y/o Certificado expedido por el proveedor o fabricante del equipo en el exterior, en el cual conste que el equipo o producto a importar no requiere la sustancia HCFC-22, número CAS 75-45-6, indicando asimismo la sustancia química que utiliza para su funcionamiento (validez anual y en idioma español). Todo rubricado  por persona debidamente autorizadas a actuar en nombre de la empresa.

 

 


Contacto
 
+54 11 4855 4016
 
 
Av. Angel Gallardo 63 Piso 3 Oficina 12 (1405) Ciudad Autonoma de Buenos Aires - Argentina